TEXTOS DEL TEMA12
Palabras dirigidas a Juan Carlos I en su proclamación
“Pido que seáis el rey de
todos los españoles, de todos los que se sienten hijos de la Madre Patria, de
todos cuantos desean convivir sin privilegios ni distinciones, en el mutuo respeto
(…) para que, de acuerdo con la naturaleza humana y la voluntad de Dios, las
estructuras jurídico-políticas ofrezcan a todos los ciudadanos la posibilidad
de participar libre y activamente en la vida del país (…)”.
Alocución del
cardenal Tarancón, 27 de noviembre de 1975
Manifiesto de las organizaciones democráticas de oposición al
franquismo agrupadas en Coordinación Democrática
“Ante la crisis general del
gobierno y del régimen y la ausencia de soluciones justas y eficaces para los
graves problemas del país (…) la Junta Democrática de España y la Plataforma de
Coordinación Democrática han decidido, hoy, su disolución y la constitución
simultánea de un solo órgano de la oposición, llamado Coordinación Democrática
(…).
Coordinación Democrática
manifiesta la decisión de promover las acciones políticas adecuadas para la
consecución de los objetivos siguientes:
-
La liberación inmediata de los presos y
detenidos políticos y sindicales sin exclusión el retorno de los exiliados y
una amnistía que restituya los derechos a todo el mundo (…).
-
El pleno y eficaz ejercicio de los derechos
humanos y de las libertades políticas (…).
-
El reconocimiento inmediato y pleno de la
libertad sindical y el rechazo del actual sindicato estatal.
-
El ejercicio pleno, inmediato y efectivo de los
derechos y de las libertades políticas de las diversas nacionalidades y
regiones del Estado español (…).
-
La realización de la ruptura o alternativa
democrática por medio de la apertura de un periodo constituyente que conduzca,
mediante una consulta popular basada en el sufragio universal, a una decisión
sobre la forma de Estado y de gobierno (…).
Madrid, 26 de marzo
de 1976
Comisiones Obreras, Grupo Independiente, Izquierda Democrática,
Movimiento Comunista, Partido Carlista, Partido Comunista de España, Partido
del Trabajo de España, Partido Demócrata Popular, Partido Socialista Obrero
Español, Partido Socialista Popular, Unión General de Trabajadores, Unión
Socialdemócrata Española.
La tragedia de los atentados de Atocha
Ya
son cinco los muertos del atentado de Atocha. Esquelas mortuorias por el
Partido Comunista, del que eran miembros las víctimas.
Madrid.
Ya son cinco los muertos en el atentado de grupos ultra contra el despacho de
abogados de la calle de Atocha. A primera hora de la mañana de ayer falleció,
en la Residencia 1º de Octubre, Francisco Javier Sauquillo, y a las once y
media de la noche, en la misma clínica, lo hacía Serafín Delgado, a quien se le
daba por clínicamente muerto. Presentaba heridas por armas de fuego en la región
retroauricular izquierda, sin salida, en el tercio medio del muslo, cara
externa izquierda, con hematoma, y en la región glútea derecha. Después de
cinco horas del momento de su presunta muerte, pudo saberse que, aunque
clínicamente está muerto, todavía presentaba síntomas respiratorios muy leves.
Dos horas más tarde se produjo el fallecimiento.
TRASLADO.-
A la una y media de la tarde de ayer, el cuerpo de Sauquillo fue trasladado
desde la Clínica 1º de Octubre hasta el Instituto Anatómico Forense.
Personal
sanitario de la clínica, con brazaletes negros, se concentraron en el depósito
mortuorio. Durante el recorrido hasta el Instituto Anatómico Forense, numerosas
personas le acompañaron gritando: “Javier, hermano no te olvidamos”.
Tras
ser introducido en el furgón, regresaron nuevamente a la clínica, y parte del
cortejo, al llegar a la altura de una dotación de Orden Público gritó:
“Vosotros, fascistas, sois los terroristas”.
Los
restantes heridos, María Dolores González Ruiz, Alejandro Ruíz Huerta Carbonell,
Miguel Saravia Gil, continúan en estado muy grave.
COMUNISTAS.-
Ayer, dos diarios de la tarde insertaron las esquelas mortuorias de las
personas asesinadas en el despacho de Atocha. La publicación de las esquelas
fue ordenada por el Comité Central y el Comité Provincial del “Partido
Comunista”, grupo político al que pertenecían las víctimas.
Según
ha podido saberse, el entierro de los abogados asesinados en el despacho se
efectuará hoy, a las cuatro de la tarde. Por el momento se desconoce el
cementerio en el que recibirán sepultura.
ABC,
26-I-1977.
Los pactos de La Moncloa
1.
Durante los días 8 y 9 de octubre se han reunido en el palacio de la Moncloa los
representantes de los diversos partidos políticos, con representación
parlamentaria, con el Presidente del Gobierno y otros miembros de éste, a los
efectos de conocer y examinar como primer punto del orden del día el programa
de saneamiento y reforma económica. Se ha producido un amplio y extenso debate
sobre los objetivos, instrumentos y medidas previstas en el referido programa,
habiéndose aportado por los representantes de los partidos políticos presentes
los motivos de discrepancias y de consenso.
2.
Un primer aspecto en el que se ha alcanzado una base de entendimiento ha sido
el diagnóstico de la situación económica del país, calificado como grave debido
a la confluencia de diversas crisis. La coincidencia en este diagnóstico debe
servir, a juicio de los reunidos, de base para adoptar las medidas que, dentro
del marco de una economía de mercado, resultan imprescindibles para sanear y
consiguiente relanzamiento.
3.
Ha sido motivo de especial consenso la necesidad de que los costes derivados de
la superación de la crisis sean soportados equitativamente por los distintos
grupos sociales, así como la exigencia de democratización efectiva del sistema
político y económico que ello habrá de comportar para su aceptación por el
conjunto de la sociedad.
4.
Todos los partidos políticos presentes en la reunión coinciden con el Gobierno en
la necesidad de una serie de medidas monetarias, financieras y de empleo, predominantemente
a corto plazo, que permitirían restablecer en un periodo de dos años los
equilibrios fundamentales de la economía española, aminorando la inflación, reduciendo
el paro y mejorando la situación de la balanza de pagos (...)
Pactos de la Moncloa. Acuerdo sobre el
programa de saneamiento y reforma de la economía. 9 de octubre de 1977.
Constitución de 1978
Artículo 1. “España se constituye en un
Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de
su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo
político”.
Artículo 1,2. “La soberanía nacional
residen en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”.
Artículo 2. “La Constitución se fundamenta
en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de
todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las
nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”.
Artículo
56,3. “El Rey es el jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia,
arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más
alta representación del estado Español en las relaciones internacionales”
“La persona del Rey es inviolable y no está
sujeta a responsabilidad...”
Artículo 66, 1. “Las Cortes Generales
representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados
y el Senado”
Artículo 66, 3. “...Ejercen la potestad
legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del
Gobierno...” “...Son inviolables”
Artículo 97. “El Gobierno dirige la
política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa
del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria...”
Artículo 137. El Estado se organiza
territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas
que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de
sus respectivos intereses.
Artículo 138.
1.
El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad
consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento
de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del
territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho
insular.
2.
Las diferencias entre los Estatutos
de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.
Artículo 139.
1.
Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier
parte del territorio del Estado.
2.
Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen
la libertad de circulación y establecimiento de personas y la libre circulación
de bienes en todo el territorio español.
Discurso del Rey en la noche del 23 al
24 de febrero de 1981.
Al
dirigirme a todos los españoles con brevedad y concisión en las circunstancias
extraordinarias que en estos momentos estamos viviendo, pido a todos la mayor
serenidad y confianza y les hago saber que he cursado a los Capitanes Generales
de las regiones militares, zonas marítimas y regiones aéreas, la orden
siguiente:
Ante
la situación creada por los sucesos desarrollados en el Palacio del Congreso y
para evitar cualquier posible confusión, confirmo que he ordenado a las autoridades
civiles y a la Junta de Jefes de Estado Mayor que tomen todas las medidas necesarias
para mantener el orden constitucional dentro de la legalidad vigente.
Cualquier
medida de carácter militar que en su caso hubiera de tomarse deberá contar con
la aprobación de la Junta de Jefes de Estado Mayor.
La
Corona, símbolo de la permanencia y unidad de la Patria, no puede tolerar en
forma alguna acciones o actitudes de personas que pretendan interrumpir por la fuerza
el proceso democrático que la Constitución votada por el pueblo español determinó
en su día a través de referéndum.
Mensaje televisado del Rey Don Juan Carlos I la noche del 23 al 24 de
febrero de 1981
Acta de adhesión de España y Portugal a
la Comunidad Económica Europea (hoy Unión Europea).
1.
El Reino de España y la República Portuguesa se convierten en miembros de la
Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y
partes en los Tratados constitutivos de dichas Comunidades, tal como han sido modificados
o completados.
2.
Las condiciones de admisión y las adaptaciones de los Tratados constitutivos de
la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica que
dicha admisión requiere figuran en el Acta adjunta al presente Tratado. Las disposiciones
de dicha Acta relativas a la Comunidad Económica Europea y a la Comunidad
Europea de la Energía Atómica serán parte integrante del presente Tratado.
3.
Las disposiciones relativas a los derechos y obligaciones de los Estados miembros,
así como a los poderes y competencias de las instituciones de las Comunidades,
contenidas en los Tratados mencionados en el apartado 1 se aplicarán con respecto
al presente Tratado.
Artículo
2
1.
El presente Tratado será ratificado por las Altas Partes Contratantes de conformidad
con sus respectivas normas constitucionales. Los instrumentos de ratificación
serán depositados ante el Gobierno de la República Italiana, a más tardar, el 31
de diciembre de 1985.
2.
El presente Tratado entrará en vigor el 1 de enero de 1986, siempre que se hubieren
depositado, antes de esta fecha, todos los instrumentos de ratificación y se hubieren
depositado, en dicha fecha, todos los instrumentos de adhesión a la Comunidad
Europea del Carbón y del Acero.
Sin
embargo, si uno de los Estados a que se refiere el apartado 1 del artículo 1 no
hubiere depositado, a su debido tiempo, sus instrumentos de ratificación y de adhesión,
el Tratado entrará en vigor para el otro Estado que hubiere efectuado dichos depósitos.
En tal caso, el Consejo de las Comunidades Europeas, por unanimidad, decidirá
inmediatamente las adaptaciones que resulte por ello indispensable efectuar […]
12 de junio de 1985
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